• La Verdad del Sureste |
  • Jueves 25 de Abril de 2024

Lo que nos faltaba

MILES DE NO TABASQUEÑOS VOTARAN EN LA PRÓXIMA ELECCIÓN LOCAL 2015


Sergio Antonio Reyes Ramos


 
El próximo 7 de junio habrá aquí en una sola jornada dos elecciones: una para integrar nueva legislatura federal y otra para elegir Ayuntamientos y  diputados locales. En la primera podrán votar todos los que tengan credencial y estén inscritos en la lista nominal del millón 613 mil 549 electores y en la segunda solo deberían hacerlo aquellos de éstos que sean tabasqueños por nacimiento, hijos de padres tabasqueños o mexicanos con residencia mínima de dos años y domicilio fijo en la entidad.
    Y esto es así porque la Constitución de Tabasco, en los artículos 5° y 7°, define quienes tienen el derecho exclusivo de elegir autoridades locales. Es decir la elección local tiene que regirse por  dispositivos del marco jurídico estatal que es distinto -en los requisitos de los electores- al establecido para los comicios federales. Es decir las leyes aplicables, en todo caso, para las elecciones locales son las propias de nuestra entidad.
    Del total de la lista nominal 219 mil 056 ciudadanos son originarios de otros estados (en su mayoría de Chiapas, Campeche, Oaxaca, DF y Puebla) que cambiaron su domicilio a territorio tabasqueño de 2012 a la fecha, y aunque este tipo de movimiento migratorio puede influir en los resultados de los seis distritos electorales federales no hay ningún impedimento legal  para votar el próximo domingo.
    Sin embargo, para sufragar por  alcaldes y diputados al Congreso de Tabasco si lo existe: deben tener dos años de residencia y residencia fija en la entidad. De este segmento, jurídicamente, están impedidos para votar aquellos que se hayan domiciliado en Tabasco después del 7 de junio de 2013.
    Y no es un problema menor: sólo en el último año (2014) más de 20 mil personas aun cuando sus domicilios hubiesen sido verificados por el INE estarían impedidos para votar. Y de hacerlo incurrirán en delito por no satisfacer los requisitos legales para ello.
    Pero de facto, todo está dispuesto para que miles de personas sin derecho a votar en las elecciones locales lo hagan. Y es que los Presidentes y primeros secretarios de casilla han sido instruidos por el INE para que a todo aquel que concurra a alguna de las 2 mil 666 casillas “únicas” (1129 Básicas y 1537  Contiguas), tenga credencial y este el listado nominal se le entreguen los tres tipos de boletas, sin excepción alguna.
    Las declaraciones de funcionarios del INE y del Registro Federal de Electores en la entidad, en torno al caso, confirman la actitud centralista y fáctica de ambas dependencias sin considerar el cumplimiento de los dispositivos constitucionales del régimen interno de los tabasqueños.
    Sí bien la Constitución General de la Republica reconoce el derecho de todos los mexicanos para votar y elegir a  gobernantes y representantes de los poderes públicos de la federación, es la legislación interna de cada estado la que establece los requisitos y condiciones para elegir a los integrantes de sus poderes ejecutivo y legislativo. Son dos ámbitos diferentes, local y federal, que coexisten sin que uno pueda suprimir al otro.
    Pero los consejeros del IEPCT tienen la responsabilidad principal  pues aunque en el convenio general de colaboración suscrito con el INE el 18 de diciembre de 2014 se pactó que el organismo local y los partidos políticos pudieron  consultar, revisar y observar la lista de electores actualizada al 15 de enero de 2015, ninguno hizo valer los dispositivos constitucionales de régimen interno que establecen la residencia mínima como requisito para que  ciudadanos foráneos-avecindados puedan  votar en elecciones populares.
    Como en el citado convenio tampoco se estableció ningún mecanismo para garantizar dicha exigencia constitucional y sí en cambio se instrumentó el uso de un solo listado nominal para ambas elecciones, es innegable que los próximos comicios locales se realizarán contra los principios rectores en materia electoral: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad y en conjunto serán un atentado al sistema federal.
    Este escenario, generado por la falta de acuciosidad de los integrantes del Consejo electoral del IEPCT se complica aún más cuando en elecciones pasadas se ha detectado en Tabasco y otras entidades de la región el llamado turismo electoral, o de “votantes chapulines” que se registra en las zonas limítrofes y que consiste en la inscripción temporal de ciudadanos de una entidad en otra para el único efecto de votar e influir en los resultados electorales locales, sobre todo en aquellos municipios o localidades de escasa población.
    En uno y otro caso, tanto en el de los ciudadanos mexicanos recientemente domiciliados en Tabasco por cualquier causa licita a los que también se les dará boletas para elegir diputados locales y regidores, como en el de aquellos de entidades vecinas que fueron deliberadamente inscritos por partidos políticos como residentes en Tabasco, se incurre en delitos previstos y sancionados en los artículos 7, fracción I, 8 fracción IX, 13 fracción I, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

En la mesa con la periodista Cecilia Vargas Simón los abogados José Luis Morales Rivera, Pedro García Falcón, Javier Martínez Ramos y Sergio Antonio Reyes Ramos. El temario fue extenso destacando el análisis de candidatos y opciones partidistas para el electorado tabasqueño. En la mesa con la periodista Cecilia Vargas Simón los abogados José Luis Morales Rivera, Pedro García Falcón, Javier Martínez Ramos y Sergio Antonio Reyes Ramos. El temario fue extenso destacando el análisis de candidatos y opciones partidistas para el electorado tabasqueño.