• La Verdad del Sureste |
  • Martes 23 de Abril de 2024

EL AUTÉNTICO DELITO DE ALTO IMPACTO


EMMANUEL RUIZ SUBIAUR


A dos días de que se conmemorase el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer –25 de Noviembre-, el INEGI dio a conocer una serie de datos sobre la exposición de las mujeres mexicanas a la violencia, en donde presenta datos escalofriantes sobre los feminicidios que se han presentado en México “el país del no pasa nada”.
    Reveló que en el 2013 y 2014, en promedio siete mujeres fueron asesinadas diariamente; del mismo modo indicó que las tasas de defunciones por homicidio de mujeres más altas se ubicaron en 2013 (entre 6 y 13 defunciones por cada cien mil mujeres), encabezando las cifras el Estado de México -que además ocupa los peores niveles de todo lo malo en el país-, seguido por Guerrero, Chihuahua, Coahuila, Zacatecas, Morelos y Chiapas.
    Ya desde el 2011, según el INEGI, 63 de cada 100 mujeres de 15 años de edad declaró haber padecido algún incidente de violencia, ya sea por parte de su pareja o de cualquier otra u otras personas. Las mujeres que se presentan más expuestas a la violencia de cualquier agresor son las de 30 a 39 años de edad (68% ha enfrentado al menos un episodio de violencia o abuso). Estas cifras son verdaderamente alarmantes.
    Dado que la violencia contra las mujeres se presenta de diversas formas (física, sexual, psicológica y económica), su efecto en la sociedad es perjudicialmente multiplicador, dado que no solo lastima a la mujer sino trasciende a sus hijos, a su entorno social, a su salud, su trabajo y genera una cultura de sumisión e indignidad. Por tanto, hiere de forma mortal y progresiva a la célula central de la sociedad.
    La violencia contra la mujer, sea intrafamiliar o externa, no solo agota a las mujeres, también a sus familias, comunidades y naciones; la violencia contra las mujeres no se confina a una cultura, región o país específico, ni a grupos particulares de mujeres en la sociedad. Las raíces de la violencia contra la mujer yacen en la discriminación persistente contra las mujeres, y va mucho más allá del maltrato.      Por estas razones, la violencia contra las mujeres es el verdadero delito de alto impacto, no los secuestros ni las extorsiones.
    Si en la actualidad la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos y las libertades fundamentales, es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, entonces, es obligación moral e histórica del Estado mexicano el implementar medidas serias de irrestricto cumplimiento para detenerla y erradicarla.
    Consecuentemente el Gobierno Federal y los gobiernos estatales, en este rubro deben actuar convencidos y decididos que la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo tanto social como individual y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida. Se debe prevenir, sancionar y erradicar de manera contundente y eficaz toda forma de violencia existente contra la mujer; además se ve como necesario el establecimiento de acciones legales justas y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia.
    De nada sirve el tan llevado y traído lema de la equidad de género o la consigna electorera de carácter político de la paridad de género en los cargos públicos si no se erradica seria y sinceramente la violencia intrafamiliar –o la externa a la familia- contra las mujeres. No es admisible que se diga que las mujeres son iguales políticamente al varón si cuando llegan a su casa esas mujeres “políticamente iguales al varón” se van a encontrar con un represor y en un entorno de violencia.
    Hay que separar con claridad el tema de la defensa de los derechos humanos –diaria y recurrentemente se mezcla y confunde que la defensa de los derechos civiles- del tema de la erradicación y prevención de la violencia contra las mujeres. Es cierto que los unos incluyen a los otros, también lo es, que los derechos civiles a los que tienen derecho las mujeres son en la vida real más restringidos y están más menguados que los derechos humanos.
    El Estado y los mexicanos deben entender la gran diferencia que existe ente los derechos humanos y los derechos civiles.
    Los derechos civiles incluyen: la garantía de la integridad física (derecho a la vida) y moral (derecho al honor) y de la seguridad de las personas, los domicilios y las comunicaciones; el derecho a la igualdad y la protección contra la discriminación originada en cualquier condición personal o social (edad, condición sexual -lo que recientemente se designa con el término «género»-, discapacidad física o mental, marginación económica o social, creencias religiosas o de otro tipo, condición étnica -designada como «raza» o de cualquier otra forma-) y los derechos individuales.
    Por tanto, los derechos civiles son los derechos de recibir un trato igualitario (y a no sufrir un trato injusto o discriminatorio) en diversos entornos (la educación, el empleo, la vivienda, raza, sexo, edad, incapacidad, nacionalidad, religión u otros); son un avance de la igualdad para todas las personas, independientemente de su características personales o individuales, protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal (represión) por parte del poder (sea el de los gobiernos o el de cualquier otro agente político público o privado), y garantizan la capacidad para participar en la vida civil en condiciones de igualdad, y sin discriminación. Son los reconocidos a todos por la ley; y en ello se distinguen de los derechos humanos y de los derechos naturales.
    Los derechos civiles son concedidos dentro de un Estado, mientras que los derechos humanos son internacionales (se tienen, por el mero hecho de nacer –iusnaturalismo-, o por la mera constitución de la sociedad, -contractualistas-iuspositivistas-).