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  • Jueves 28 de Marzo de 2024

Justicia rechaza amparo de cableras de Televisa


 

México, DF., 01 de agosto.-  El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones determina que son improcedentes los amparo promovidos por televisoras y cableras contra resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que las consideró un agente económico preponderante.
     El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) recordó que el 11 de junio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas a diversas disposiciones de los artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política en materia de telecomunicaciones.
    Dicho decreto dispone que el IFT debe determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, e imponer las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y libre concurrencia y, con ello, a los usuarios finales, agregó.
    Por ello, el IFT inició el procedimiento administrativo correspondiente a la “determinación de la existencia de agente económico preponderante en el sector de radiodifusión y la imposición de las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia”. El 6 de marzo de 2014 el IFT resolvió que el Grupo de Interés Económico GIETV, conformado por Televisa y otras personas físicas y morales, es un agente económico preponderante en el sector de radiodifusión, e impuso medidas para evitar que se afecte la competencia y libre concurrencia.
    El CJF señaló que según dicha resolución, las medidas impuestas al agente económico preponderante son obligatorias no sólo para los que formen parte del grupo de interés económico GIETV, sino también para las personas físicas o morales causahabientes o cesionarios de sus derechos.