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  • Viernes 26 de Abril de 2024

Sanciona Tribunal a edil de Macuspana con 63 mil pesos

Víctor González Valerio, se niega a dar cumplimiento a la sentencia para restituir en sus cargos a tres regidores y pagar las compensaciones que le fueron retenidas y disminuidas a todos los integrantes del Cabildo por casi 2 mdp


JAVIER GUILLERMO


VILLAHERMOSA, TABASCO. 23 DE OCTUBRE DE 2014-. Aplica el Tribunal Electoral de Tabasco (TET) una multa de mil salarios mínimos  al edil de Macuspana Víctor González Valerio por incumplimiento a lo mandatado en la sentencia del 18 de agosto de 2014 que demandaba el restablecimiento de los regidores así como el pago de sus compensaciones que le fueron retenidas y disminuidas correspondiente al 2013.

    Los magistrados del Tribunal Electoral acordaron imponer dicha multa al edil de Macuspana así como a Eduardo Antonio Montejo Cornelio y a Elizabeth del Carmen Alegría Landero, en sus carácter de Director de Finanzas y Administración del ayuntamiento equivalente a la cantidad de 63 mil 770 pesos a cada uno de ellos.
    Lo anterior, derivado del incidente de inejecución de sentencia, promovido por Pedro Gabriel Hidalgo Cáceres y otros en razón de la omisión y negativa del presidente municipal de Macuspana y demás autoridades administrativas de aquel lugar, por lo antes mencionado.
    Respecto a la planilla de liquidación exhibida por los citados incidentistas, se concluyó que las cantidades netas a pagar son las siguientes: Moisés Moscoso Oropeza, 265 mil 650 pesos; Luis Alberto Correa Pérez, 162 mil pesos; Emilia Gómez Esteban, 207 mil 500 pesos; Ana Bertha Miranda Pascual, 385 mil pesos; José Alberto Hernández Pascual, 365 mil pesos; Pedro Gabriel Hidalgo Cáceres, 365 mil pesos y Walter Solano Morales, 202 mil 500 pesos, haciendo un total de un millón 952 mil 650 pesos
    El TET acordó ordenar al edil de Macuspana, a los Directores de Administración y Finanzas, como autoridades ejecutoras para que en un plazo de cinco días hábiles, contando a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, paguen a los enjuiciantes antes mencionados.
    En caso de su insistencia de no acatar la resolución de dieciocho de agosto de dos mil catorce, así como lo ordenado en esta interlocutoria, se harán acreedores al doble de la multa establecida en la sentencia en cuestión, equivalente a 2000 días de salario mínimo vigente en el Estado.