La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) registró un empate de dos votos a favor y dos en contra respecto al proyecto elaborado por el ministro Javier Laynez Potisek. Dicho proyecto propone conceder el amparo al exconsejero presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, quien impugnó su aparición en los libros de texto gratuitos de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
La discusión se centró en una cita del texto “Proyectos Comunitarios” (página 246), el cual imputa a Córdova burlarse del habla de un líder indígena, basándose en una grabación difundida en 2015. La propuesta de amparo instaba a la SEP a suspender la distribución del material impreso y digital, hasta eliminar dicha referencia.
En la votación, los ministros Laynez y Alberto Pérez Dayán se pronunciaron a favor de otorgar el amparo, mientras que las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa lo rechazaron. Batres argumentó que la apelación se enfocaba en la protección del honor de Córdova, sin considerar el derecho a la información ni a la educación de los niños.
Para romper el empate, se designará a un miembro de la Primera Sala, aunque la agenda de la Segunda Sala solo cuenta con una sesión más el 13 de agosto, antes de que concluyan sus funciones el 31 de ese mes.
El proceso se originó en 2023, cuando la SEP incorporó el pasaje impugnado en el material educativo. Córdova interpuso el amparo alegando que su derecho al honor, reputación, presunción de inocencia y la educación objetiva de los niños estaba siendo vulnerado. Una jueza federal concedió la medida y ordenó la corrección del contenido. Posteriormente, las instancias legales interpusieron recursos de revisión, a los que se añadió un recurso adhesivo presentado por el exconsejero.
El proyecto del ministro Laynez, pendiente de resolución definitiva, plantea conceder el amparo únicamente en lo que respecta al derecho al honor y reputación, descartando la afectación al derecho infantil a una educación sin sesgos, por carecer Córdova de interés legítimo en ese punto.
SCJN otorga amparo a Coisa contra resolución del SAT
En otra sesión, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la empresa Coisa, Consultores Industriales, en contra de una resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Dicho fallo revierte la acusación de simulación de operaciones fiscales al facturar servicios a Grupo Televisa sin activos ni personal propio.
El proyecto presentado por el ministro Javier Laynez Potisek fue aprobado por mayoría, recibiendo los votos favorables de los ministros Laynez, Alberto Pérez Dayán y la ministra Yasmín Esquivel Mossa. En contra votó la ministra Lenia Batres Guadarrama.
El SAT había argumentado que desde 2014 Coisa emitía comprobantes fiscales sin contar con oficinas, equipo, correos electrónicos ni personal, lo que, según el artículo 69-B del Código Fiscal, presuntamente constituía operaciones simuladas.
Coisa respondió que, aunque no contaba con nómina directa, sí prestaba servicios administrativos mediante personal indirecto vinculado a Grupo Televisa. Presentó declaraciones fiscales, nóminas y listados de personal para respaldar su esquema.
Tras diversas instancias legales —desde tribunales administrativos hasta una rechazante resolución en marzo de 2024 del Tribunal Federal de Justicia Administrativa— Coisa promovió un amparo directo que llegó por atracción a la Segunda Sala bajo el expediente 3/2025.
La SCJN determinó que la empresa sí disponía de recursos humanos indirectos para respaldar sus actividades facturadas y ordenó al TFJA revisar de nuevo su caso tomando en cuenta las pruebas presentadas.
En su voto en contra, la ministra Batres advirtió sobre el riesgo de flexibilizar normas fiscales, permitiendo beneficios a empresas sin estructura económica real. Subrayó que permitir este criterio podría fomentar el fraude fiscal.